Jesus Santrich.
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Las2Orillas

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La JEP ratifica que practicará pruebas en el caso de Jesús Santrich

La decisión fue adoptada por la Sección de Revisión del Tribunal.

La Justicia Especial para la Paz (JEP) ratificó hoy en Colombia que practicará pruebas en el caso que estudia para decidir si aplica o no la garantía de no extradición en el proceso del exlíder guerrillero de las FARC, Jesús Santrich, detenido desde abril por el presunto delito de narcotráfico.

Santrich fue capturado el pasado 9 de abril en Bogotá con base en una circular roja de Interpol a petición de EE.UU., cuya justicia lo acusa de tener un acuerdo para exportar diez toneladas de cocaína a ese país después de que las FARC firmaron el acuerdo de paz.

La decisión fue adoptada por la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz de la JEP, que rechazó recursos interpuestos por la Procuraduría colombiana y la defensa de Santrich en los que aseguraban que ese tribunal se extralimitaba en sus funciones.

En un comunicado, la JEP dice que "no comparte las consideraciones de la delegada del Ministerio Público", cuando dice que la Sección "no atendió los trámites ordinarios previstos en materia de extradición, usurpando y extralimitándose en las funciones".

Agrega que "considera inapropiado comparar el novedoso instrumento de la justicia transicional -la garantía de no extradición- con el ordinario que se surte ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, sin percatarse de que las competencias y atribuciones son diversas".

Igualmente, el tribunal recordó que mientras la Corte Suprema de Justicia es el juez natural del trámite de extradición, la Sección de Revisión de la JEP lo es para la aplicación de la denominada garantía de no extradición que hace parte de los desarrollos del acuerdo de paz firmado entre el Gobierno colombiano y la entonces guerrilla de las FARC en noviembre de 2016.

La JEP pidió en octubre pasado a Estados Unidos, a través de la Cancillería colombiana, las pruebas que tiene ese país en el caso Santrich.

Los delitos cometidos por los guerrilleros de las FARC antes de esa fecha no pueden ser juzgados por la justicia ordinaria, pero sí aquellos posteriores a la firma del acuerdo.

EFE

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