Rodolfo Hernández.
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Forbes Colombia

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Destitución e inhabilidad de 10 años a Rodolfo Hernández, por participación en política

Por influir en favor de la campaña electoral del candidato a la alcaldía de Bucaramanga Juan Carlos Cárdenas.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 10 años, 5 meses y 28 días al exalcalde de Bucaramanga, Santander, Rodolfo Hernández Suárez, por influir en favor de la campaña electoral del candidato a la alcaldía de Bucaramanga Juan Carlos Cárdenas.

El Ministerio Público confirmó que el disciplinado tomó parte en las actividades de partidos y movimientos políticos al realizar alocuciones como primer mandatario de Bucaramanga, en el programa: “Hable con el Alcalde” que se transmitía por las redes sociales Instagram, Youtube y Facebook para la vigencia 2019, en los que de manera reiterada invitaba a los televidentes a votar por el “Alcalde de los Ciudadanos”, eslogan distintivo de la campaña de Juan Carlos Cárdenas y que era de publico conocimiento.

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A su vez, la entidad evidenció que el servidor público utilizó su cargo para influenciar la decisión de voto de los bumangueses, cuando en discurso transmitido en diferentes medios de comunicación durante el periodo de campaña electoral, utilizó las frases del mencionado aspirante en su campaña, invitando abiertamente a la ciudadanía a que sufragaran por él; asimismo, realizó publicaciones que fueron utilizadas por Cárdenas, como propaganda política pagada.
 
También, el organismo de control comprobó que esta información se transmitió, en repetidas ocasiones, durante el debate de los candidatos a la alcaldía de Bucaramanga, frente a lo cual el disciplinable no hizo manifestaciones que desaprobaran dicha publicidad, lo que también fue corroborado por el postulante.

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Debido a esto, el ente disciplinario ratificó que el funcionario público afectó la garantía de la función administrativa por vulnerar de manera sustancial los principios de igualdad, moralidad e imparcialidad.

Finalmente, la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 calificó la falta de Hernández Suárez como gravísima, a título de dolo.

*Con información de Procuraduría General de la Nación

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