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Los Derechos Humanos, la ONU y Venezuela

La tan esperada visita de Michelle Bachelet a Venezuela, en su rol de Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU resulta ser, sin duda, uno de los acontecimientos más relevantes del panorama internacional en el cono sur americano.

Fiel a su trayectoria política, la ex presidenta de Chile buscó hacer respetar la institucionalidad en materias de Derechos Humanos que la Organización de Naciones Unidas intenta instalar en la realidad jurídica y, por lo demás, en un momento en que parece que las pasiones encendidas en la región por la difícil situación venezolana, han, por decir lo menos, amainado el debate. Lo mismo queda evidenciado en el hecho de que no hubo mayores declaraciones de altas autoridades de la región y, muy importante también, por la relevancia que le dio a los dos sectores que pugnan al interior de Venezuela y que buscan visibilizar sus preocupaciones. La crítica más escuchada de la que fue objeto tiene relación con la corta duración de la visita que, a lo mejor, no facilitaría la posibilidad de generar una visión integral de tan compleja situación.

Para aquellos que enseñamos Historia, la situación antes descrita, nos puede llevar a actualizar situaciones que, a lo mejor no muchas personas conocen y que tiene relación con la dificultad de instalar la problemática jurídica de los derechos humanos en la legislación positiva de los países del mundo. Si recordamos, la Carta de San Francisco nace como una declaración de buenas intenciones en 1948 y que respondía más a la lógica del Derecho Universal, develado por las luces de la razón, que ha una institucionalidad jurídica que entregará una pauta de cotejo en función de posibles violaciones a estos derechos y una poderosa herramienta jurídica que favoreciera el ejemplar castigo a los responsables de tan deleznables delitos. Es recién, en la segunda mitad de la década de 1960 en que los países del mundo, también los de nuestra región, los que favorecen y aprueban la juridicidad en materia de Derechos Humanos como parte de su organización interna y al amparo de un orden internacional.

Esta situación generó más de algún debate, el más relevante se refería a la preocupación de una gran parte del género humano de que la lógica que subyace a la Declaración, es otra forma de neocolonialismo y que responde, desde su estructura y hasta su esencia, a los principios y valores de la civilización Occidental y no a la realidad de otras civilizaciones y culturas que se mueven con estructuras culturales muy diferentes. Este conflicto nace, sin duda, de las estructuras más rígidas de las normas espirituales y morales, mientras que la norma jurídica se caracteriza por su tremenda flexibilidad, lo que llevaba a que en muchos lugares la Declaración les parecía que atentaba contra sus creencias y tradiciones. Con el paso del tiempo, esta discusión se ha ido morigerando y se ha establecido un especie de acuerdo que le da el carácter universal a los Derechos Humanos y que tiene relación con que, más allá de las creencias y las estructuras sociales, los que se encuentra a la base de los Derechos Humanos es la dignidad de la persona.

Durante los períodos más álgidos de la Guerra Fría, el escenario internacional se vio absorbido por las potencias mundiales y su afán por definir las áreas de influencia. Los Derechos Humanos se convirtieron en una nueva punta de lanza, utilizada desde la discrecionalidad de cada sistema para ensalzar su modelo y demonizar al enemigo. Los llamados Derechos Humanos entraron directamente en la pugna Este-Oeste: El mundo socialista levantaba la bandera de los derechos sociales, económicos y culturales pero en la práctica se restringían libertades y garantías individuales;  mientras que del mundo capitalista se sentía muchos más cómodo desde la defensa de los derechos civiles y políticos a pesar de que generara sociedades fuertemente polarizadas, en especial en los países tercermundistas que adherían a dicho modelo.

La caída de la Unión Soviética y la crisis del modelo bipolar generaron un nuevo escenario para los Derechos Humanos. El modelo unipolar que acrecentó el intervencionismo estadounidense en el mundo se justificó, en más de una oportunidad por la defensa de tales derechos. Esta situación se planteó en términos asimétricos, ya que los conflictos que se dieron tuvieron en común no pertenecer al mundo desarrollado, sino que muy en especial en regiones de África, Asia, Medio Oriente y América Latina. Es así como en un nuevo marco se planteó el tema de la universalidad e invidivisibilidad de los Derechos Humanos, introduciendo la polémica sobre la doctrina del derecho a la injerencia en los asuntos de otros Estados, teniendo como fundamento la violación de los Derechos Humanos. Al amparo de esta nueva teoría, los Estados que la favorecen parecen revivir un antiguo concepto de tristes recuerdos en la Historia, el de la “guerra justa” que dé sustento a las represalias militares. La situación se complica aún más y revive la problemática de la occidentalidad de la esencia de los Derechos Humanos, ya que hasta hoy día el intervencionismo aparece como unidireccional, son países occidentales, muy en especial Estados Unidos, que reclama cada cierto tiempo ese derecho. Los países tercermundistas no comparten esta nueva doctrina, muy por el contrario, vuelven a ver en ella expresiones de neocolonialismo que atentan contra su soberanía. El eje del conflicto ha cambiado, hoy se expresa en sentido Norte-Sur.

En más de alguna columna anterior demandamos que la ONU se hiciera responsable de esta problemática. El éxito o fracaso en Venezuela no puede evaluarse exclusivamente por la resolución democrática del grave conflicto que hoy vive Venezuela, que para aquellos que valoramos la relevancia de las soluciones pacíficas nos resulta de primerísima importancia, sino que también, que al obtener ese resultado positivo sea capaz de acallar las voces de muchos que demandaban una injerencia militar que, a la luz de la enseñanza de la Historia, no resuelve nada, por el contrario es una fuente de nuevos y más profundos problemas.