Momento en el que sacaron la draga.
Momento en el que sacaron la draga.
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Triple A

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Ratifican sanción a las 2 empresas implicadas en hundimiento de draga, pero les redujeron la multa

Ahora deberán pagar entre las dos $452.061.250. Antes era de $635.243.548.

La Corporación Regional Autónoma del Atlántico (CRA) ratificó la sanción a las las empresas Dragados Colombo Americanos y Dow Agrosciences de Colombia, por el hundimiento de la draga Puerta de Oro, que derivó en un derrame de combustible, en el Río Magdalena.

Recordemos que el hecho ocurrió el 18 de agosto de 2018. El suceso dejó sin agua potable a Barranquilla Soledad, Galapa, Puerto Colombia, Juan de Acosta, Piojó y Usiacurí.

El hundimiento de la draga provocó el derrame de 200 galones de ACPM. Esto obligó a que se suspendieran las operaciones del Acueducto de la empresa Triple A en Barranquilla.

Las dos empresas mencionadas en el primer párrafo presentaron dos recursos de reposición. La CRA resolvió esas medidas y les ratificó la sanción.

Sin embargo, la multa se redujo. Ahora deberán pagar entre ambas la suma de $452.061.250. En febrero de 2019, la CRA había impuesto un pago de $635.243.548.

En esa última fecha, la multa había quedado delimitada de la siguiente manera: a Dow Agrosciences de Colombia le correspondía pagar la suma de $431.707.663 y a Dragados Colombo Americanos el valor de $203.535.884.

De acuerdo con el documento en el que la CRA resolvió los recursos de reposición, la primera presentó dicha medida basándose en el reporte de solicitud que le hizo a la Corporación para adelantar los trabajos de relimpia del punto de descarga de aguas residuales de la empresa.

No obstante, lo anterior, fue desestimado por la CRA, la cual afirmó que la empresa Dow Agrosciences de Colombia no esperó el pronunciamiento de la Corporación sobre su solicitud, antes de realizar los trabajos mencionados.

En pocas palabras, la labor de relimpia estaba sujeta a los siguiente: que la CRA realizará una inspección a la tubería de vertimiento de manera trimestral, que le entregarán el informe de dicha revisión, para evaluarlos y después pronunciar sus recomendaciones.

Según la Corporación, la Dow Agrosciences de Colombia no esperó las recomendaciones y realizó la relimpia, por eso la CRA afirma en el documento aue mal haría la empresa en decir que sus actividades se encontraban implícitamente autorizadas.

Sin embargo, pese a lo explicado, la CRA terminó accediendo parcialmente a las pretensiones Dow Agrosciences de Colombia, lo que significó la reducción de su parte económica en la multa total.

La empresa debía pagar la suma de $431.707.663 y ahora será de $309.586.132.

En lo que respecta a la empresa Dragados Colombo Americanos, esta presentó un recurso de reposición para que se le eximiera del proceso, aduciendo que su responsabilidad en el suceso fue por "Fuerza Mayor y/o Caso Fortuito".

La CRA indicó que esta causal no es aplicable toda vez, que, no se demostró la imprevisibilidad del naufragio.

La Corporación reconoce que si bien el naufragio es un hecho que no se puede prevenir, en cuanto a la ocurrencia del mismo, si resulta necesario contemplarlo como un riesgo potencial dentro del giro ordinario de las actividades de dragado que realiza la empresa recurrente (Dragados Colombo Americanos), pues estas son desarrolladas en un cuerpo de agua, cuya dinámica natural permite su ocurrencia.

Por lo anterior, la CRA desestimó el recurso presentado por la compañía. En la resolución, indicó que no accede a las pretensiones presentadas por la compañía, pero al igual que la otra implicada, también le redujo la sanción monetaria.

Dragados Colombo Americanos debía pagar una multa de $203.535.884, pero ahora será de $142.475.118, "de conformidad a los argumentos en la parte considerativa en esta resolución", indicó la CRA.

En el último artículo de la parte resolutiva, la Corporación aseguró que contra el presente acto administrativo, no procede recurso alguno.