Ulahy Beltrán, Gerente del Hospital Cari.
Ulahy Beltrán, Gerente del Hospital Cari.
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Prensa Cari.

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Procuraduría cuestiona proceso para escoger “operador sanitario” del Cari

Califica de precarios, incompletos, injustificados y ambiguos los Términos de Condiciones de la Convocatoria 001.

José Granados Fernández
Twitter: @JoseGranadosF

Todos, desde la Junta Directiva, el gerente y hasta el Comité Asesor de Adquisiciones, quedaron advertidos: la escogencia de un “operador sanitario” para el Hospital Cari de Alta Complejidad, a través de la Convocatoria 001 de 2019, está tan mal diseñada que por sus múltiples omisiones “derivaría en un riesgo disciplinario, penal y fiscal”, amén de que no garantizaría la prestación de los servicios de salud a la población.

La advertencia, tan severa que por momentos suena a regaño, la formuló la Procuraduría General de la Nación en un documento de 12 páginas, en poder de Emisora Atlántico y Zona Cero.com, elaborado por el procurador delegado Germán Rodríguez, en la capital del país.

“Este organismo de control ha podido establecer que las precarias, incompletas, injustificadas y ambiguas condiciones de participación establecidas en los Términos de Condiciones del proceso (…) al parecer quebrantan los principios de planeación, transparencia, selección objetiva y libre concurrencia de oferentes, que no posibilita cumplir con el deber y principio de selección objetiva”, advierte el Ministerio Público.

Tras recordar que, en cumplimiento de los principios de responsabilidad, los directivos del hospital “asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitaciones de funciones en el proceso de contratación”, la Procuraduría les solicita valorar integralmente las “censuras señaladas” y los riesgos que asumen la Junta Directiva, el Comité de Compras y Adquisiciones y la Gerencia del Hospital al “proseguir con el trámite contractual cuestionado”, con el cual, según el organismo disciplinario, están “contraviniendo los principios de la función administrativa y de la contratación estatal, así como su propio Estatuto y Manual de Contratación”.

La intervención de la Procuraduría, con base en sus funciones preventivas y de control de gestión, fue solicitada por la Opexsalud, cooperativa de trabajo asociado que prestó sus servicios al Cari y figura entre sus acreedores.

Con base en la información que recogió, el Ministerio Público hizo 11 “reproches” a la citada convocatoria.

Cuestiona que la administración del Cari, en cabeza del gerente Ulahy Beltrán, omitió los estudios del sector salud y el mercado; que en los estudios previos no existen sustentos de los factores y reglas para la selección; que no estableció requisitos mínimos habilitantes y cuestiona los criterios de asignación de puntajes en la evaluación de las ofertas.

Sorprendentemente, advierte la Procuraduría que no hay evidencias que demuestren que a la Junta Directiva le fue presentado el proyecto de los Términos de Condiciones, acción con la cual la gerencia del hospital “quebranta su propio Estatuto de Contratación y con ello los principios de legalidad, planeación y transparencia”, de obligatorios cumplimientos.

No sustenta la administración lo que será el Plan de adquisiciones y omitió incluir en los estudios previos lo relacionado con la compra y el mantenimiento de equipos y de la infraestructura; la Procuraduría critica el corto plazo para seleccionar el operador -lo que muestra una premura reprochable para hacerlo- y llama la atención sobre el componente financiero de la convocatoria que también deja un sinsabor.

Al respecto, la gerencia del Cari no sustenta la productividad histórica por cada servicio ni la que proyecta; “omitió justificar”, dice el procurador delegado, el origen de la cifra establecida en el 9% de los ingresos brutos como remuneración a favor del hospital con lo cual esperan cubrir los pasivos existentes, de los cuales, afirma, no existe certificación alguna, se desconocen quiénes son los acreedores, si existen acuerdos de pago, renuncia a intereses de mora y otros costos financieros asociados al recobro de la cartera morosa.

“Esta omisión -enfatiza el procurador Germán Rodríguez- impide establecer el riesgo financiero asociado a la entrega en operación del Hospital Cari y lesiona los principios de planeación y transparencia”, y alerta que “pone en riesgo la operación misma de la entidad hospitalaria y su permanencia”.

Al recordar que la Ley 1450 de 2011, o Plan Nacional de Desarrollo, estableció que los entes territoriales debían presentar un plan de reorganización, rediseño y modernización de los hospitales, la Procuraduría advierte que pudo constatar, luego de consultar al Ministerio de Salud, que dicho plan “no contempla” la entrega de la operación de la sede de alta complejidad del Cari a un operador privado, con lo cual, alerta Rodríguez, la contratación que lleva a cabo la gerencia, con la aquiescencia de la Junta Directiva y de la Gobernación del Atlántico, omite una obligación legal.

Por todo lo anterior, el Ministerio Público solicita que sean convocadas la Junta Directiva, el Comité de Compras y Adquisiciones y el Comité Evaluador para que lean el informe y le envíen al Procurador Delegado copia de las actas que elaboren, además de que deben publicarlas en el Secop. Y al gerente Ulahy Beltrán le da dos días hábiles para que le informe sobre las decisiones adoptadas.

La advertencia del Ministerio Público a los actores del cuestionado proceso de escogencia del “operador sanitario” es que sus actuaciones buscan proteger el ordenamiento jurídico, salvaguardar los recursos públicos y evitar la comisión de faltas disciplinarias. En otras palabras, de esta manera todos quedaron advertidos de que la Procuraduría comenzó a vigilar las omisiones y las extralimitaciones de funciones en este proceso

Informe de la Procuraduría ... by Zonacero on Scribd

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