Karen María Rodríguez Rivera.
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Karen María Rodríguez Rivera.

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El drama de Karen: 5 años esperando que la Nueva EPS le autorice una cirugía bariátrica

Durante este tiempo perdió la capacidad de caminar por sí sola.

Cinco años lleva esperando Karen María Rodríguez Rivera a que la Nueva EPS le autorice una cirugía bariátrica, ante el la obesidad mórbida grado III que presenta.

Pese a que los médicos tratantes han insistido durante este lapso sobre la urgente necesidad de someterla a esta intervención, no ha habido forma para que la EPS haga efectiva dicha autorización.

Por el contrario, cada vez impone nuevas barreras que prolongan la enfermedad de Karen María, poniéndola en alto riesgo y complicando aún más su estado de salud, generando un grave drama personal y familiar.

En esa situación se encuentra desde 2015, año desde el cual se ha sometido a todos los procedimientos que le han requerido, faltando únicamente la autorización de la Nueva EPS para realizarle la cirugía.

Residente en el municipio de Santa Lucía, en el sur del Atlántico, madre cabeza de hogar y con tres hijos de 16, 14 y 7 años, durante este tiempo de sufrimiento Karen María perdió la capacidad para caminar por sí sola.

Por ello, el sustento económico del núcleo familiar ha quedado a cargo de sus hijos de 16 y 14 años.

En medio de las dificultades se ha sometido al tratamiento en la ciudad de Barranquilla, cuyo desplazamiento también resulta tormentoso, especialmente por los escasos recursos para su movilización.

Ante los reiterados incumplimientos por parte de la Nueva EPS, interpuso una acción de tutela que le fue fallada a su favor por parte del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Santa Lucía.

No obstante, la Nueva EPS no cumplió con lo ordenado en el fallo judicial, por lo cual el mismo Juzgado, el 3 de abril de 2019 declaró renuente al mismo a la EPS y además sancionó con multa de un salario mínimo mensual vigente al representante legal, Humberto Vengoechea Chardaux y adicionalmente con dos días de arresto en el centro carcelario de Sabanalarga.

Sin embargo, en segunda instancia el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Sabanalarga, en fallo del 18 de septiembre de 2019 revocó las sanciones y le ordenó a Vengoechea Chardaux que “el fallo de tutela de tutela debe cumplirse sin anteponer barreras administrativas a la accionante ya que su estado de salud le impide, por ejemplo, movilizarse a la ciudad de Barranquilla y la orden de tutela claramente señala que si se evidencia la “necesidad  de transporte de la accionante y de un acompañante y si lo estimara necesario le prescribiera y ordenara a través de los aplicativos o procedimientos de la EPS para que sea sometida a CTC””.

Con todo ello, la Nueva EPS se mantiene en incumplir el fallo y en proceder con la autorización. Ahora exige un protocolo que la paciente debe cumplir de seis citas con igual número de especialistas.

Pero su actual condición de salud y la imposibilidad del desplazamiento hasta Barranquilla dificultan la situación. 

Y la Nueva EPS se mantiene en lo mismo, mientras el estado de salud de Karen María Rodríguez Rivera sigue complicándose ante las barreras que le impone esta entidad.

 

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