Jaime Pumarejo Heins, Alcalde de Barranquilla.
Jaime Pumarejo Heins, Alcalde de Barranquilla.
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@jaimepumarejo

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Alcalde Pumarejo prorrogó ‘pico y cédula’ hasta las 12 de la noche del 31 de mayo

Aquí está el nuevo cronograma establecido por el Distrito.

El Alcalde Jaime Pumarejo prorrogó el aislamiento preventivo obligatorio hasta las doce de la noche del 31 de mayo, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Covid-19.

En consecuencia, de acuerdo con el Decreto 0456, los habitantes del Distrito de Barranquilla solo podrán ejercer las actividades que se mencionan a continuación según el último dígito de su documento de identificación y en el día de la semana que corresponda, así:

El nuevo 'pico y cédula'.

1. Adquisición de bienes de primera necesidad alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.

2. Desplazamiento para acceder a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago y servicios notariales.

3. El desplazamiento para acceder a servicios postales, de mensajería, de radio, televisión, prensa y adquisición tecnologías de la información y telecomunicaciones.

4. Desplazamientos a casas de cambio, almacenes de compra venta con pacto de retroventa, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, Chance y Lotería.

5. Desplazamientos a las centrales de riesgo y actividades notariales y de registro de instrumentos públicos.

6. Desplazamientos a las curadurías urbanas para la prestación de los servicios relacionados con la expedición licencias urbanísticas.

7. El desplazamiento para acceder a los servicios de talleres y mantenimiento automotriz y vehicular, previo estricto agendamiento de cita.

8. Compra de materiales de construcción, artículos de ferretería, cerrajería, productos de vidrio y pintura.

9. Compra de alimentos, medicinas y demás productos para mascotas.

10. Compra de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.

11. Compra al por menor de combustible, lubricantes, aditivos y productos de limpieza para automotores, libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio.

12. Compra de vehículos automotores y motocicletas, incluidos partes, piezas y accesorios.

13. Mantenimiento y reparación de computadores, equipos periféricos, equipos de comunicación, electrónicos y ópticos.

14. Desplazamiento a establecimientos y locales gastronómicos para adquirir productos para llevar.

15. Desplazamiento para adelantar trámites y solicitar servicios ante la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial del Distrito de Barranquilla. La atención al público se hará con cita previa a través del correo electrónico o de los canales virtuales que disponga esta secretaría.

16. Desplazamiento para retirar vehículos inmovilizados por las autoridades de tránsito. Para tales efectos, se deberá realizar el trámite virtual para salida de vehículos inmovilizados y acreditar el pago de los servicios de grúa y parqueadero y demás costos que se causen.

El nuevo 'pico y cédula'.

 

 

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